dc.description.abstract | Este trabajo señala la creciente utilización de las aplicaciones de inteligencia artificial en la sociedad (inteligencia artificial como objeto externo al derecho) y específicamente en el derecho (inteligencia artificial como objeto interno al derecho), con la consecuente necesidad y desafíos de una reglamentación del tema, un derecho de la inteligencia artificial. Discute la cuestión de la opacidad en la inteligencia artificial, la importancia de la explicabilidad, incluso delante de la reglamentación en protección de datos y sus límites técnicos. Más allá del desarrollo y de la innegable importancia de los principios éticos para las aplicaciones de inteligencia artificial, que llegan a algún consenso sobre la propia explicabilidad, la transparencia, la no discriminación y la responsabilidad, trae la necesidad de una disciplina específica y aplicable para cada sector para que sea efectiva, es decir, para que sea aplicable. Luego, elige como “sector” de análisis el derecho y las aplicaciones de inteligencia artificial como su objeto interno. Para tanto, trae dos perspectivas sobre los puntos positivos y negativos de la utilización de las técnicas de inteligencia artificial basada en los sistemas de conocimiento, y de las técnicas de aprendizaje automático en sus aplicaciones en el derecho a partir de su lógica de funcionamiento. Al final, concluye por la combinación de técnicas aprovechando las fortalezas de los enfoques presentados para construir sistemas más adecuados a las peculiaridades de las predicciones legales, de carácter normativo. Bajo esta perspectiva, los profesionales del derecho deben hacer frente a los cambios tecnológicos, integrándose en equipos multidisciplinares para construir sistemas inteligentes que tengan efectos positivos y protejan los derechos e intereses legalmente protegidos. | en |