According to the theory of speech acts, speech is a kind of action. He, who says something, does something. Certainly, when a judge or a court makes a decision, he or it says something. He performs some (locutionary) acts like uttering or writing some sentences. However, there is something further he does, namely, by uttering or writing some sentences in the appropriate context, he makes a judicial decision. In a judicial decision the judge says something about the law, the facts of the case, and the consequences that the legal system imputes to the parties, in the most cases, the plaintiff or the prosecutor and the defendant. How does the judge saying the things he does bring it about that he has adjudicated a case? More specifically, what kind of speech acts, or more precisely, illocutionary acts, does he perform, and what is their relation to the adjudication? As these questions indicate, the aim of this paper is to give an account of judicial decisions from the point of view of the theory of speech acts. This account can contribute to two different projects at the same time. On the one hand, it can help to explain the nature and the structure of judicial decisions, as a set of sentences uttered by the judge which constitute a set of speech acts. This promises to be a fruitful way to determine what a judicial decision is and what kind of structure it has. In addition to this, as we will see, a speech act analysis can explain the criteria used to evaluate judicial decisions. This analysis will make clear that a judicial decision is a highly complex logical sequence of illocutionary acts, or to put it in a more precise way, of speech acts with several illocutionary forces. Consequently, it is possible to evaluate these speech acts, from a variety of points of view: truth or falsity, correctness or incorrectness, and validity or invalidity. On the other hand, this account can also contribute to the theory of the speech acts by providing an analysis of speech acts which occur in the highly institutionalized context of judicial decisions. Such an account can contribute to how the theory of speech acts explains the relationship between language and reality, and in particular how by having certain status functions certain speech acts can not just reflect but change reality.
De acuerdo con la teoría de los actos de habla, el habla es una clase de acción. Quién dice algo, hace algo. Desde luego, cuando un juez o un tribunal toman una decisión, dicho juez o dicho tribunal dicen algo. Lleva a cabo cierto acto (locucionario), como por ejemplo, emitir o escribir ciertos enunciados. Sin embargo, hay algo adicional: mediante la emisión o la escritura de tales enunciados, en el contexto apropiado, el juez toma una decisión judicial. En una decisión judicial el juez dice algo acerca del Derecho, de los hechos del caso y de las consecuencias que el sistema jurídico le imputa a las partes, en la mayoría de los casos, el demandante o el fiscal y el demandando o el imputado. La pregunta es: cómo sucede que, diciendo estas cosas, el juez ocasione el estado de cosas en el cual él resuelve el caso? Dicho forma más específica: qué clase de actos de habla o, con más exactitud, de actos ilocucionarios lleva a cabo el juez en este proceso, y cuál es su relación con la atribución de la solución a los casos concretos? Como estas preguntas sugieren, el objetivo de este artículo es ofrecer una explicación de las decisiones judiciales desde el punto de vista de la teoría de los actos de habla. Esta explicación puede contribuir a dos propósitos diferentes al mismo tiempo. Por una parte, puede ayudar a explicar la naturaleza y estructura de las decisiones judiciales, entendidas como un conjunto de enunciados emitidos por el juez, que constituyen un conjunto de actos de habla. Este promete ser un camino fructífero para determinar qué es una decisión judicial y qué clase de estructura tiene. Además de esto, como se verá, un análisis a partir de la teoría de los actos de habla puede explicar los criterios utilizados para evaluar las decisiones judiciales. Este análisis aclarará que una decisión judicial es una secuencia lógica altamente compleja de actos ilocucionarios, o, dicho de una forma más precisa, de actos de habla con varias fuerzas ilocucionarias. Como consecuencia, es posible evaluar estos actos de habla, desde una variedad de puntos de vista: verdad o falsedad, corrección o incorrección y validez o invalidez. Por otra parte, esta explicación también puede contribuir al desarrollo de la teoría de los actos de habla, al ofrecer un análisis de los actos de habla que tienen lugar en el contexto altamente institucionalizado de las decisiones judiciales. Una descripción semejante puede contribuir a esclarecer de qué manera la teoría de los actos de habla explica la relación existente entre el lenguaje y la realidad, y, en particular, cómo, cuando se tiene ciertas funciones de status, ciertos actos de habla pueden no sólo reflejar sino también transformar la realidad.